El viaje jurídico sobre el mantenimiento de los hijos llega a.. la Argentina

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El viaje jurídico sobre el mantenimiento de los hijos llega a.. la Argentina

Liuzzi e Liuzzi Bufete Internacional de Abogados y Economistas Italia- España: Derecho civil, penal y tributario y administrativo italiano, español, interncional
  Liuzzi e Liuzzi Bufete italiano e Internacional de abogados y economistas
Italia- España

¿Y en América Latina? Analizamos hoy como interpreta Argentina la obligación de mantenimiento de los hijos.
Copyright Liuzzi e Liuzzi Studio Legale Internazionale/ Bufete internacional de abogados y economistas. By Dottoressa Yanina Veronica Liuzzi (Of counsel)
El artículo 625 del Código Civil y de Comercio argentino proporcionan la definición de “obligación alimentaria” indicando que incluye:
  • manutención
  • educación
  • esparcimiento
  • vestimenta
  • habitación
  • asistencia
  • gastos por enfermedad
  • gastos para formación universitaria o con el objetivo de formarse en un oficio determinado
       
En Argentina la obligación de mantenimiento de los hijos por parte de los padres es tal hasta la mayoría de edad que se alcanza a los 18 años.
Entre los 18 y los 21 años, si el hijo/a continúa su formación deberán los padres seguir aportando la pensión alimenticia que en Argentina se domina “cuota alimentaria”.  

La cuota alimentaria argentina puede llegar a otorgarse a los hijos hasta los 25 años si estos continúan su formación. Se deberán en tal sentido cumplir los requisitos establecidos por ley y será cada juzgado caso por caso quien evaluará el derecho a percibirla o no, a esa edad.
Sin embargo en los casos en los que los hijos mayores de 18 años hayan trabajado en algún momento entre los 18 y 21 años, habiendo de hecho comenzado “la vida adulta”, aunque no sean completamente independientes, y aunque dichas actividades laborales hayan finalizado, los padres no verán más obligados a realizar aportes en concepto de “cuota alimentaria” a los mismos.

En general la denominada “cuota alimetaria” se fija en Argentina, en los juzgados argentinos en un monto correspondiente al salario mínimo al que se agrega aportes necesarios para cubrir los gastos para la formación, gastos que serán mayores, mayor es la edad de los hijos.


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