Alquilar en Italia: atención el contrato no es una simple formalidad

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Alquilar en Italia: atención el contrato no es una simple formalidad

Liuzzi e Liuzzi Bufete Internacional de Abogados y Economistas Italia- España: Derecho civil, penal y tributario y administrativo italiano, español, interncional
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Italia- España

Alquilar en Italia: atención el contrato no es una simple formalidad

Ciudadanos de todo el mundo cada año se trasladan definitivamente o por extensos períodos a Italia y deciden arrendar un inmueble en el territorio italiano.

Sus bellezas únicas atraen personas de todas las edades y nacionalidades.

Los destinos son de los más variados: Roma su capital, “la Ciudad eterna”, o Milano (Milán)  la ciudad llena de movimiento, “reino” de la moda y de la finanza,  Napoli (Nápoles) y la Costa Amalfitana, tan auténtuca, tan “musical” como en las peliculas de toda la vida o hacia otros sitios tan diferentes como toda la zona de la región del Piemonte, o en las cercanías de Venezia (Venecia), o en localidades del sur de Italia, algunos por sus playas, por  el clima o por ejemplo porque sus origines de familia son de esos sitios o hacia la belleza de la naturaleza que se aprecia en Umbria, o Firenze (Florencia) la pequeña y especial ciudad italiana donde todo esta cerca, y muchos otros sitios llenos de historia de la humanidad.

Cuando se encuentra el hogar donde se desea residir en Italia (una habitación, un piso, apartamento, un ático, un duplex, un chalet, villa etc.) es importante, o aún más, es imprescindible, recibir asesoriamiento sobre las características del contrato que se está por firmar, las responsabilidades que se asumen en términos jurídicos y fiscales.

Un ejemplo es aquel al que se incurre cuando se firma un contrato de alquiler, un contrato de arrendamiento en Italia y no se registra.

En muchos Países del mundo no es costumbre registrar los contratos, y tal vez al encontrar el deseado inmueble en el territorio italiano, se siguen las costumbres del proprio País de origen.

Sin embargo las consecuencias dadas por no registrar un contrato de alquiler en Italia son gravísimas.

La Corte di Cassazione en Roma, Italia (Casación italiana) ha dictaminado el día 9 de octubre de 2017 (sentencia número 23601) que la falta de registración de un contrato de alquiler implica la nulidad del mismo.

Las partes pueden no obstante realizar una registración tardiva del contrato que tendrá efectos ex tunc, osea desde la firma del contrato.


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